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NOMBRES DE DOMINIO

El nombre de dominio es la dirección exclusiva de una página en la red internet.

El Dominio Superior “.cr” así como las demás categorías de segundo y tercer nivel para Costa Rica es administrado por la Academia Nacional de Ciencias (www.anc.cr), a través de su dependencia NIC – Internet Costa Rica (www.nic.cr).

TRADEMARES facilita la obtención, mantenimiento y defensa de los nombre de dominio código país (.cr) y de los dominios de nivel superior genéricos (entre otros, .com, .net, .org) en Costa Rica.

TRADEMARES está especializada en la recuperación y defensa de los nombres de dominios a través del sistema de arbitraje y mediación para la solución de controversias en materia de nombres de dominio de la Organización Mundial de la Propiedad Industrial(OMPI), donde se obtiene resultados expeditos.

 

 

- EL NOMBRE DE DOMINIO ".CR" -

REQUISITOS

Para obtener el nombre de dominio “.CR” o cualquier otro dominio sectorial, es necesario remitir a TRADEMARES la siguiente información y documentos:

 

1. INFORMACIÓN GENERAL

  • Indicación del nombre de la compañía solicitante.
  • Indicación del dominio solicitado.
  • Nombre de la compañía encargada del servidor, con su respectiva dirección de e-mail.

 

2.- PODER ESPECIAL

El solicitante debe otorgar poder a favor de TRADEMARES y sus abogados. El poder deberá tener la firma del otorgante debidamente autenticada por Notario Público y estar legalizado ante el Consulado de Costa Rica en el país de origen.

 

3.- DOCUMENTOS

  • Fotocopia de la cédula de identidad (solicitante persona física) o cédula jurídica (Solicitante persona jurídica).
  • En caso de ser el solicitante una persona jurídica, personería jurídica con no más de 1 mes de emitida.
  • Declaración jurada de que el solicitante es titular de la marca o ha obtenido autorización del titular marcario.

TODOS los documentos a presentar ante el Registro de la Propiedad Industrial de Costa Rica deben estar en español o venir acompañados con su traducción al español.

En caso de que TRADEMARES facilite dicha traducción, el coste de la misma se determina de conformidad con los honorarios presentados por nuestro traductor e intérprete. No nos hacemos responsables por la precisión técnica de la traducción.

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PROCEDIMIENTO

Previo al inicio de solicitud de registro del dominio interesado, TRADEMARES conduce una búsqueda de la denominación solicitada en la Base de Datos del Registro de la Propiedad Industrial de Costa Rica, a fin de comprobar que no existe ninguna marca que pueda constituir obstáculo de inscripción.

Superada esta formalidad, TRADEMARES procede a iniciar el trámite propio del registro del dominio, directamente ante el NIC-Internet Costa Rica.

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TARIFAS

La tarifa es de US$ 200.00, incluida la tasa de inscripción de US$ 80.

Garantizamos que no hay costes adicionales por remisión de reportes de actualización del Expediente y que todos los gastos en los que se deba incurrir son previamente comunicados para su aprobación.

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VIGENCIA

El plazo de vigencia del registro de un nombre de dominio es de 1 año, renovable indefinidamente, previo pago de la tasa de renovación. NIC-Internet Costa rica ofrece tasas más ventajosas, en caso de que se anticipe el pago de renovación en dos o cinco años.

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- DEFENSA DEL NOMBRE DE DOMINIO VÍA OMPI -

PROCEDIMIENTO

Cuando el interés de un titular marcario reside en obtener, recobrar o cancela un nombre de dominio que un tercero ha registrado fraudulentamente o a fin de aprovecharse de la confusión en la que el consumidor puede incurrir al entrar en la página web, TRADEMARES recomienda acudir al Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Industrial.

Este organismo, regula el procedimiento administrativo de solución de controversias en materia de nombres de dominio de forma efectiva y práctica.

Una vez interpuesta la demanda,  el procedimiento no suele alargarse más de tres meses, a diferencia de los procedimientos ante los tribunales nacionales, que son más farragosos y donde suelen haber problemas de jurisdicción.

La principal ventaja de acudir a este procedimiento es que el resultado es de obligado acatamiento por parte del administrador del dominio, SALVO que se presente un procedimiento judicial a nivel nacional.  

Además, cuando el administrador es notificado de la interposición de una demanda relativa a un nombre de dominio, suele poner dicho nombre de dominio en suspenso, lo que permite al verdadero titular marcario evitar mayor confusión al consumidor.

Generalmente los resultados son aceptados por ambas partes, y el procedimiento basta para resolver la situación.
 
Para mayor información al respecto del procedimiento administrativo de solución de controversias en materia de nombres de dominio regulado por la OMPI, favor dirigir su consulta aquí.

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TARIFAS

La tasa por participación de la OMPI oscila entre 1500 dólares y 5000 dólares, dependiendo del número de nombres de dominio involucrados y el número de expertos (uno o tres) que se solicite resuelvan la controversia.

Como todo procedimiento, el costo acaba definiéndose según el tiempo efectivamente dedicado al estudio de los hechos del caso concreto, así como de la jurisprudencia y resoluciones de la OMPI favorables y a la recopilación y, en su caso, obtención de prueba necesaria para sustentar los argumentos de la defensa.

La tabla de honorarios profesionales de los abogados de TRADEMARES está establecida a razón de de US$ 75 x hora asistente, US$ 125 x hora abogado junior y US$ 200 x hora abogado senior.

Adicionalmente a la tasa de presentación, se debe contemplar como gastos la obtención de pruebas, legalización de documentos y envíos por correo certificado de los juegos de la demanda y pruebas  a las partes involucradas.

Por la experiencia que tenemos en estos casos, también se debe preveer una partida que contemple especialmente las fotocopias de todo el Expediente hasta el fin del procedimiento, por cuanto se manejan hasta 4 juegos completos de copias (incluidas las pruebas).

En caso en que sea el procedimiento deba tramitarse en lengua inglesa (por ejemplo, en el caso en que el nombre de dominio fuera registrado en inglés), la demanda y todos los documentos que se presenten deberán estar en inglés o acompañados con su traducción al inglés, por lo que habría un coste adicional en relación a la traducción de los documentos.

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El Nombre de Dominio “.CR”

Defensa del Nombre de Dominio
vía OMPI

Tel: +506 2289-8895, fax: +506 2289-2489 / info@trademares.net, Costa Rica.